Impugnación del permiso de construcción debido a un procedimiento de control normativo en curso

  • Erstellt am 27.09.2016 19:39:05

HilfeHilfe

30.09.2016 11:49:22
  • #1
también me parecería demasiado arriesgado. ¿O el vendedor aceptaría incluir una cláusula para que, si no se puede construir, el contrato pueda ser rescindido?
 

DG

30.09.2016 12:03:00
  • #2


Quizás ese fue el caso en vuestra situación, pero ¿quién o qué te dice que aquí puede o debe funcionar igual? Estamos claramente en el ámbito de la asesoría legal, y esta está sujeta a condiciones especiales en el foro. El encargado de esto es - él quizás pueda decir más al respecto.

Aquí en la región también se acaba de declarar nulo un plan de desarrollo urbano porque faltaba la firma del alcalde. Ahora se puede construir libremente en el área correspondiente y el municipio no puede hacer nada al respecto. Es el caso inverso, pero las consecuencias son graves; el municipio (probablemente) no puede remediarlo.

Saludos cordiales
Dirk Grafe
 

apokolok

30.09.2016 12:28:31
  • #3
Tienes por supuesto razón.
Sin embargo, también he enfatizado que soy un aficionado y que la información se basa en mi experiencia personal.
Que aporte claridad, pero tal vez mi información haya ayudado un poco al OP.
 

Otus11

30.09.2016 15:33:27
  • #4
El RA del demandante no está del todo equivocado. Solo que el caso tiene que ser ganado por él, pero hay problemas en el procedimiento...

La valoración concreta debe hacerla tu RA.

Para empezar:
Busca en Google:
Eilverfahren ARGE Baurecht
(en general, no para la NKK)

Y sobre la NKK:
infoblatt Rechtsschutz im öffentlichen Baurecht
(También último párrafo en 2. !!!)]


Palabras clave del código de construcción que podrían ser posibles incluso a pesar de un plan de desarrollo posiblemente nulo (-> NKK) son:
** Recurso (demanda de anulación posiblemente después)
** efecto suspensivo del recurso
** y solicitud de orden de efecto suspensivo del recurso o de ejecutividad inmediata.
Después del procedimiento sumario sigue posiblemente el procedimiento principal.

Según la legislación estatal, las objeciones concretas del demandante deben haberse presentado ya en el procedimiento de audiencia antes de la NKK, si no, se corre el riesgo de "preclusión material": no se escuchará al demandante en la NKK si presenta objeciones allí y por tanto demasiado tarde.

Todo esto solo para la terminología.
Como se dijo:
Concretamente esto debería ser valorado por un RA especialista y también revisar el expediente.
O pueden unirse varios interesados y hacer que un RA lo valore para todos. Probablemente interese a más personas...
 

Otus11

01.10.2016 08:32:17
  • #5
Buenos días,

he añadido algunas complementos arriba.
 

jeti79

01.10.2016 09:19:10
  • #6
Buenos días,

muchas gracias por la gran cantidad de información; voy a ponerme a leerla de inmediato.
 

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