tecker2010
27.07.2017 10:16:30
- #1
Hola,
nos mudamos en enero de nuestro apartamento en Berlín a nuestra nueva casa propia. Aún está pendiente la devolución del depósito de alquiler (2.000 EUR). Nuestro arrendador quiere ahora (tras nuevas presiones) pagar la mitad y la otra mitad solo después de la liquidación de los gastos de comunidad del año 2017. Esta la hará en el año 2018. Tendríamos que esperar hasta el próximo año para recibir la segunda mitad del depósito. Me pregunto si eso es legal. Su justificación es que podrían surgir pagos adicionales de la liquidación de gastos de comunidad 2017 (solo fue el mes de enero) y que necesita la mitad del depósito como garantía durante ese tiempo.
Creo haber leído que la devolución debe hacerse en un plazo de 6 meses. ¿Alguien sabe qué se debe hacer en mi caso?
Gracias, saludos
nos mudamos en enero de nuestro apartamento en Berlín a nuestra nueva casa propia. Aún está pendiente la devolución del depósito de alquiler (2.000 EUR). Nuestro arrendador quiere ahora (tras nuevas presiones) pagar la mitad y la otra mitad solo después de la liquidación de los gastos de comunidad del año 2017. Esta la hará en el año 2018. Tendríamos que esperar hasta el próximo año para recibir la segunda mitad del depósito. Me pregunto si eso es legal. Su justificación es que podrían surgir pagos adicionales de la liquidación de gastos de comunidad 2017 (solo fue el mes de enero) y que necesita la mitad del depósito como garantía durante ese tiempo.
Creo haber leído que la devolución debe hacerse en un plazo de 6 meses. ¿Alguien sabe qué se debe hacer en mi caso?
Gracias, saludos