VillaKubu
25.06.2019 16:35:08
- #1
Hola,
tenemos un problema con nuestros arquitectos durante la remodelación; la contratación de la siguiente fase de construcción "planificación ejecutiva" se realizó aproximadamente a mediados de marzo. Hasta ese momento no tuvimos problemas con la empresa respecto al cronograma, por lo que lamentablemente !!! en el contrato no establecimos un plazo para cuándo debe realizarse la prestación. Y ahora todo se está alargando; en realidad, aún no se ha entregado completamente ninguno de los puntos electroplanificación, iluminación, baños, tablaroca, azulejos...). En algunos puntos, a pesar de múltiples solicitudes por correo electrónico, ni siquiera tenemos un primer concepto o algo similar.
Por correo electrónico, la empresa, por ejemplo, nos ha indicado varias fechas sobre la planificación de la iluminación en las que supuestamente nos entregarían algo, pero ninguna de esas fechas se cumplió. Hasta ahora les hemos creído y siempre nos han ido dando largas. Por eso todavía no hemos establecido un plazo oficial.
¿Ahora bien, esos plazos dados por los arquitectos probablemente no sean vinculantes legalmente, verdad? Por eso nos gustaría finalmente establecer un plazo vinculante legalmente desde el cual podemos reducir el importe de la factura.
Preguntas:
¿Con qué redacción podemos establecer de forma vinculante un plazo hasta el cual debe prestarse el servicio?
¿Qué plazo es legalmente adecuado? (Los mismos arquitectos anunciaron en un correo electrónico del 21.5. que finalizarían la planificación "en los próximos 1-2 días").
¡Estoy muy agradecido por la ayuda! Saludos
tenemos un problema con nuestros arquitectos durante la remodelación; la contratación de la siguiente fase de construcción "planificación ejecutiva" se realizó aproximadamente a mediados de marzo. Hasta ese momento no tuvimos problemas con la empresa respecto al cronograma, por lo que lamentablemente !!! en el contrato no establecimos un plazo para cuándo debe realizarse la prestación. Y ahora todo se está alargando; en realidad, aún no se ha entregado completamente ninguno de los puntos electroplanificación, iluminación, baños, tablaroca, azulejos...). En algunos puntos, a pesar de múltiples solicitudes por correo electrónico, ni siquiera tenemos un primer concepto o algo similar.
Por correo electrónico, la empresa, por ejemplo, nos ha indicado varias fechas sobre la planificación de la iluminación en las que supuestamente nos entregarían algo, pero ninguna de esas fechas se cumplió. Hasta ahora les hemos creído y siempre nos han ido dando largas. Por eso todavía no hemos establecido un plazo oficial.
¿Ahora bien, esos plazos dados por los arquitectos probablemente no sean vinculantes legalmente, verdad? Por eso nos gustaría finalmente establecer un plazo vinculante legalmente desde el cual podemos reducir el importe de la factura.
Preguntas:
¿Con qué redacción podemos establecer de forma vinculante un plazo hasta el cual debe prestarse el servicio?
¿Qué plazo es legalmente adecuado? (Los mismos arquitectos anunciaron en un correo electrónico del 21.5. que finalizarían la planificación "en los próximos 1-2 días").
¡Estoy muy agradecido por la ayuda! Saludos