Samantha1588
06.06.2020 15:50:44
- #1
¡Queridos expertos!
En el año 2019, en mi terreno ya urbanizado, debían construirse dos mitades de casa adosada más. Por esta razón, nos dirigimos a un socio licenciatario de Town & Country. Ambos contratos ya fueron firmados; aunque desde el principio estaba claro que este proyecto solo podría realizarse si ambos vecinos firmaban una cesión de áreas de distancia.
Como desde el principio tenía dudas sobre el tema de las áreas de distancia, firmé los contratos, pero pedí al socio licenciatario que suspendiera cualquier planificación adicional hasta que se aclarara el asunto.
Como se sospechaba, los vecinos no estuvieron de acuerdo, por lo que los contratos firmados nunca podrán realizarse.
Por este motivo, solicitamos al licenciatario que planificara otro tipo de casa, que no presentara problemas legales de construcción. Esta planificación se presentó (su casa estándar, sin planificación arquitectónica, etc.) con un precio x.
Como desde el principio se planeó realizar ciertos trabajos por cuenta propia, le pedimos al licenciatario que transparentara algunas partidas de costos y que enviara un nuevo precio total para la casa, incluyendo los trabajos propios mencionados.
A pesar de varios intentos de contacto, no recibimos ninguna respuesta, ya que el socio licenciatario insistía en firmar primero el nuevo contrato, algo que no hicimos.
Hace unas dos semanas envié un correo electrónico diciendo que no podíamos imaginarnos continuar con una colaboración de esta manera y solicitando la facturación de los servicios ya realizados (estudio del suelo / medición del terreno) y su envío. El plazo expiró ayer.
Cerca de las 9 de la noche recibí un correo electrónico del constructor preguntando si esto debía entenderse como una rescisión conforme al artículo 648 del Código de Construcción.
Le expliqué que, en mi opinión, no existía ningún contrato válido y, por lo tanto, no era necesario rescindirlo; debido a su falta de respuesta durante meses, ya no vemos una base común para la colaboración y lo presentado para el nuevo tipo de casa se encuentra en la fase de elaboración de la oferta y, por tanto, en riesgo empresarial.
Del tono de su correo se pudo deducir que él lo ve de otra manera.
¿Alguien puede darme una primera valoración sobre cómo se interpreta exactamente esta situación o sobre cuál debería ser el siguiente paso?
Ya hemos contactado con otro promotor, ya que la edificación antigua fue demolida y quiero que avance... claro está, siempre con seguridad jurídica.
¡Gracias por sus respuestas!
Saludos cordiales
En el año 2019, en mi terreno ya urbanizado, debían construirse dos mitades de casa adosada más. Por esta razón, nos dirigimos a un socio licenciatario de Town & Country. Ambos contratos ya fueron firmados; aunque desde el principio estaba claro que este proyecto solo podría realizarse si ambos vecinos firmaban una cesión de áreas de distancia.
Como desde el principio tenía dudas sobre el tema de las áreas de distancia, firmé los contratos, pero pedí al socio licenciatario que suspendiera cualquier planificación adicional hasta que se aclarara el asunto.
Como se sospechaba, los vecinos no estuvieron de acuerdo, por lo que los contratos firmados nunca podrán realizarse.
Por este motivo, solicitamos al licenciatario que planificara otro tipo de casa, que no presentara problemas legales de construcción. Esta planificación se presentó (su casa estándar, sin planificación arquitectónica, etc.) con un precio x.
Como desde el principio se planeó realizar ciertos trabajos por cuenta propia, le pedimos al licenciatario que transparentara algunas partidas de costos y que enviara un nuevo precio total para la casa, incluyendo los trabajos propios mencionados.
A pesar de varios intentos de contacto, no recibimos ninguna respuesta, ya que el socio licenciatario insistía en firmar primero el nuevo contrato, algo que no hicimos.
Hace unas dos semanas envié un correo electrónico diciendo que no podíamos imaginarnos continuar con una colaboración de esta manera y solicitando la facturación de los servicios ya realizados (estudio del suelo / medición del terreno) y su envío. El plazo expiró ayer.
Cerca de las 9 de la noche recibí un correo electrónico del constructor preguntando si esto debía entenderse como una rescisión conforme al artículo 648 del Código de Construcción.
Le expliqué que, en mi opinión, no existía ningún contrato válido y, por lo tanto, no era necesario rescindirlo; debido a su falta de respuesta durante meses, ya no vemos una base común para la colaboración y lo presentado para el nuevo tipo de casa se encuentra en la fase de elaboración de la oferta y, por tanto, en riesgo empresarial.
Del tono de su correo se pudo deducir que él lo ve de otra manera.
¿Alguien puede darme una primera valoración sobre cómo se interpreta exactamente esta situación o sobre cuál debería ser el siguiente paso?
Ya hemos contactado con otro promotor, ya que la edificación antigua fue demolida y quiero que avance... claro está, siempre con seguridad jurídica.
¡Gracias por sus respuestas!
Saludos cordiales