hm, algunas palabras clave. No sé si ayudan:
-La terraza pertenece al coeficiente de ocupación del suelo I.
-Sólo obtendrás un permiso de construcción para instalaciones auxiliares que incumplan las condiciones si el arquitecto argumenta de forma inteligente. En mi opinión, no veo ninguna razón por la que debas sobrepasar el límite de construcción.
-si no se cambia en el plan de urbanismo, entonces se aplica la ordenanza estatal de construcción.
-no recuerdo que nuestro acceso esté mencionado en términos de superficie en la solicitud de construcción.