Reltaw2021
16.06.2021 13:23:13
- #1
EDIT: Lamentablemente no logro adjuntar el PDF. ¡Lo intentaré de nuevo más tarde!
¡Querida comunidad!
Como puedes ver en el anexo, se ha aprobado un cambio legal.
Con mi entendimiento sencillo, consideraría las novedades legales que se encuentran en el anexo como relevantes para proyectos de construcción privados. Aunque por el título se trate de renovaciones y no de nuevas construcciones, en el texto de la ley solo se habla de viviendas residenciales habitadas de manera permanente; quedan excluidas solo iglesias, negocios comerciales y casas de asociaciones, etc.
¿Por qué espero que esto mejore nuestra posición? Porque, similar a la regulación existente para facturas de artesanos por servicios domésticos, que reducen impuestos, ahora se ha ampliado el círculo de "empresas especializadas" para incluir algunos grupos profesionales que están mucho más alejados de los anteriores. Así, en el futuro se podrán presentar ante la oficina de impuestos facturas de carpinteros de ventanas e incluso de constructores de pozos, siempre que su oficio sirva para el ahorro de energía/calor. Las posibles empresas especializadas están enumeradas por nombre en la ley.
Por lo tanto, sugiero que las facturas para trabajos típicos que sirvan a la eficiencia energética se elaboren de forma separada, similar a la factura ficticia para el asesor energético de la KfW, que trabaja en la casa del constructor de la vivienda.
El segundo gran cambio, que entrará en vigor el 01.04.2021, es que también la REFRIGERACIÓN (activa y pasiva) de los espacios habitables ahora es digna de ser subvencionada.
¿Alguien ya ha utilizado esta novedad legal? ¿Alguien sabía de ella y puede hablar desde su experiencia? Pienso que los primeros beneficiarios de la nueva situación legal surgirán probablemente en marzo de 2022. Pero quizá alguno de los aquí reunidos, como experto en impuestos, haya recibido ya algún curso de formación al respecto. Mi empresa constructora no sabía nada al respecto, lo que me lleva a la impresión de que solo se puede aprovechar la nueva ley con iniciativa propia. Porque, aparte de nosotros, los constructores y asesores fiscales, nadie se beneficiará.
Saludos, Reltaw
¡Querida comunidad!
Como puedes ver en el anexo, se ha aprobado un cambio legal.
Con mi entendimiento sencillo, consideraría las novedades legales que se encuentran en el anexo como relevantes para proyectos de construcción privados. Aunque por el título se trate de renovaciones y no de nuevas construcciones, en el texto de la ley solo se habla de viviendas residenciales habitadas de manera permanente; quedan excluidas solo iglesias, negocios comerciales y casas de asociaciones, etc.
¿Por qué espero que esto mejore nuestra posición? Porque, similar a la regulación existente para facturas de artesanos por servicios domésticos, que reducen impuestos, ahora se ha ampliado el círculo de "empresas especializadas" para incluir algunos grupos profesionales que están mucho más alejados de los anteriores. Así, en el futuro se podrán presentar ante la oficina de impuestos facturas de carpinteros de ventanas e incluso de constructores de pozos, siempre que su oficio sirva para el ahorro de energía/calor. Las posibles empresas especializadas están enumeradas por nombre en la ley.
Por lo tanto, sugiero que las facturas para trabajos típicos que sirvan a la eficiencia energética se elaboren de forma separada, similar a la factura ficticia para el asesor energético de la KfW, que trabaja en la casa del constructor de la vivienda.
El segundo gran cambio, que entrará en vigor el 01.04.2021, es que también la REFRIGERACIÓN (activa y pasiva) de los espacios habitables ahora es digna de ser subvencionada.
¿Alguien ya ha utilizado esta novedad legal? ¿Alguien sabía de ella y puede hablar desde su experiencia? Pienso que los primeros beneficiarios de la nueva situación legal surgirán probablemente en marzo de 2022. Pero quizá alguno de los aquí reunidos, como experto en impuestos, haya recibido ya algún curso de formación al respecto. Mi empresa constructora no sabía nada al respecto, lo que me lleva a la impresión de que solo se puede aprovechar la nueva ley con iniciativa propia. Porque, aparte de nosotros, los constructores y asesores fiscales, nadie se beneficiará.
Saludos, Reltaw