Financiación de construcción con contrato de duración determinada

  • Erstellt am 19.06.2015 12:01:05

SaDre

19.06.2015 12:01:05
  • #1
Hola a todos,

quizás puedan ayudarme:
Mi marido y yo pensamos construir a principios del próximo año.

Mi marido tiene un contrato fijo.
Yo tengo un contrato de 2 años (mi empresa hace esto con todos los puestos al principio), que termina en abril de 2016. Según mi jefe, no hay obstáculo para una conversión a contrato indefinido.
Como nuestra persona es un poco rara, por su parte los contratos de trabajo sólo se hacen indefinidos 3 semanas antes de que terminen.

Como el inicio de la construcción debería ser en feb-16 y ahora empezamos con las conversaciones con promotores y bancos, me pregunto si con los últimos 3 meses de comprobantes laborales les basta o si quieren ver el contrato de trabajo.

¿Cómo fue en vuestro caso?
Solicitamos ofertas en Volksbank, Sparkasse, posiblemente Ing-Diba y bancos detrás de los promotores.
 

Landu

19.06.2015 12:25:28
  • #2
Hola,

si tu contrato aún es temporal, verás en la nómina una fecha de finalización. Así, el banco podrá ver que actualmente estás contratado de forma temporal, aunque no tenga el contrato de trabajo. Eso me pasó a mí cuando estaba contratado temporalmente en mi antigua empresa.

Saludos cordiales
 

SaDre

19.06.2015 12:33:09
  • #3
Hola Landu,

acabo de revisar mi nómina. No aparece ninguna [Austrittsdatum] en ella.
Por lo tanto, eso no debería ser un problema.

Un saludo cordial
 

laemat

19.06.2015 12:43:33
  • #4
Como debes responder a tu banco con la verdad, no importa en absoluto lo que no esté en el comprobante de salario. Actualmente estás contratada por tiempo determinado, al banco no le interesa más, si eso tiene impacto depende de la situación salarial de tu esposo.
 

SaDre

19.06.2015 12:51:14
  • #5
Pero si el banco no pregunta, no tengo que decírselo, ¿verdad? Hace unos años ya habíamos financiado nuestro terreno. En ese entonces solo se preguntaba por el ingreso mensual.
 

FrankH

19.06.2015 12:55:02
  • #6

Comentario al margen:
Deberías tener la confirmación por escrito al menos 3 meses antes del fin del contrato, de lo contrario estás obligado a registrarte como demandante de empleo en la oficina de empleo para mantener tus derechos al subsidio de desempleo I en caso de que el contrato no sea renovado inesperadamente. Yo también lo hice así en su momento, en nuestra empresa no fue un problema.

En el comunicado de prensa 103/2013 de la oficina de empleo del 13.12.2013 se dice al respecto:
Antes de quedarse sin trabajo, los empleados deben registrarse a tiempo como desempleados en la agencia de empleo. A más tardar tres meses antes de la finalización de la relación laboral, así lo exigen las regulaciones del subsidio de desempleo I. Sin embargo, muchos empleados olvidan: este plazo de notificación también se aplica a los contratos temporales.
 

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