Hay que solicitar la resolución sobre el derecho de construcción dentro de los 30 días siguientes a la publicación para tener derecho a demandar. Además, se debe estar directamente afectado y tener un interés legítimo. Cuando la licencia de construcción esté disponible, comienza el plazo de apelación de 30 días. Si se cumplen las disposiciones legales sobre distancias y alturas, no se tiene ninguna posibilidad con la apelación, pero no se hace precisamente popular entre el nuevo vecino...