Formulación "Retiro de la cuenta del préstamo por el monto de la construcción"

  • Erstellt am 14.08.2012 16:15:41

Jim Jones

14.08.2012 16:15:41
  • #1
saludos

mi financiamiento está prácticamente asegurado, la solicitud de obra también ha llegado, solo dudo en un asunto. Mi empresa constructora quiere - comprensiblemente - una garantía de que realmente recibirá su dinero. Solo que no estoy satisfecho con la formulación:


Mis preocupaciones

    [*]nunca firmar una cesión en blanco. Aquí está todavía sujeta a mi aprobación, pero ¿qué pasa con la retención por defectos?
    [*]busco una formulación con la que pueda vincular cesiones parciales a prestaciones medibles y realizadas, quizá alguien tenga una idea. Solo una o dos frases para complementar.
    [*]quizá algunos de ustedes hayan firmado un contrato así y todo funcionó sin problemas porque es un procedimiento estándar?


Gracias por leer

Jim
 

wadi1982

14.08.2012 17:38:23
  • #2
¿Existe un plan de pagos?

Con nosotros hay un plan de pagos:

Cantidad X para el sótano
Cantidad Y para la casa
Cantidad Z para el acabado en seco
....

Pagadero respectivamente después de la entrega de la obra.
En la cesión dice entonces en esencia "El pago se realiza de acuerdo con el plan de pagos ...."
 

Häuslebauer40

15.08.2012 05:49:00
  • #3
Hola,

en este tipo de cesión se trata principalmente de que el dinero esté vinculado a la [BU] y no pueda ser utilizado de otra manera.
Dado que el pago se realiza únicamente después de tu aprobación, por supuesto también puedes retener dinero en caso de que surjan defectos.
 

Jim Jones

15.08.2012 21:21:59
  • #4
Gracias por vuestras dos respuestas.
Tengo un plan de pagos, exactamente desglosado según las posiciones del avance de obra y el porcentaje correspondiente del precio total. Y la frase con "El pago se efectuará conforme al plan de pagos ..." la voy a añadir en la declaración de cesión.

Entiendo que mi préstamo debe estar vinculado al BU, y así debe ser. Sólo que bajo el plan de pagos se menciona una "confirmación irrevocable y afectada de la financiación y constatación de la deuda" y se concede un "derecho inmediato de pago contra el banco que confirma la financiación." Hasta aquí todo bien. Pero me parece casi ingenuo otorgar una cesión en blanco de inmediato.
Tengo en mente una formulación tipo "El promotor cede desde esta cuenta de préstamo los pagos parciales conforme a los vencimientos de pago tras la prestación del servicio y la liberación de acuerdo con el esquema del contrato de obra a la empresa constructora."

¿Y qué opináis de la fórmula "Nos reservamos el derecho de compensar algunas reclamaciones"?
Suena algo despreocupado pero a mis oídos parece sospechoso, como una especie de puerta trasera para costes adicionales futuros...
 

Häuslebauer40

15.08.2012 22:21:51
  • #5
Eso suena todo muy absurdo... ¿Cesión de préstamo y confirmación irrevocable de financiación? ¿Qué más quieren? O una cosa o la otra. No necesitas formular demasiado en la cesión. Basta con que se establezca que un pago al BU se realiza en principio solo después de la liberación por parte del promotor. Por otro lado, en general no soy partidario de la cesión de préstamo, aunque en su momento por necesidad tuve que firmar una yo mismo. Con eso te entregas al BU a la buena de Dios. El problema es que, incluso si el BU entra en insolvencia, tu dinero sigue vinculado a él y no puedes disponer de él, por ejemplo, para encargar a otros artesanos la finalización, mientras el administrador concursal no libere el dinero. ¿Y qué tal una garantía de cumplimiento del contrato por parte del BU en cambio?
 

Der Da

16.08.2012 08:22:19
  • #6
Esta cláusula en combinación con una [Insolvenz] ya ha quebrado el cuello a muchos. Un proveedor serio no necesita más que una confirmación de financiación del banco.
 

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