Fianza - ¿Cómo funciona?

  • Erstellt am 17.12.2019 11:22:48

denz.

17.12.2019 11:22:48
  • #1
Hola,

brevemente sobre la situación. Vivo en la casa desde julio. Pero hasta entonces no estaba todo terminado. El constructor ha seguido haciendo cosas hasta ahora, pero todavía quedan algunos asuntos pendientes. Recientemente nos pusimos de acuerdo sobre la factura final (trabajos adicionales y trabajos reducidos, etc.). Ahora me ofreció una garantía para que tenga algo en mano y pueda pagar la factura final de todos modos. (Para él es fiscalmente mejor y también para nuevos créditos, si no tiene tantos proyectos de construcción incompletos.)

Ahora en la garantía está escrito:

"[Bürgschaftsart: Mängelansprüche nach VOB, Teil B § 13 für bereits fertiggestellte und ohne Beanstandungen und Auflagen abgenommene Arbeiten]"

Nosotros sí tenemos objeciones. Esa lista de defectos la discutimos con él y luego se la mandé de nuevo por correo para que la pueda resolver.
([Die Mängelliste sollte ich mir aber wahrscheinlich noch unterschreiben lassen, oder?])

Además continúa: "Diese Bürgschaft erlischt am 03.12.2023"
Eso quiere decir, teóricamente, que si para entonces algo no está reparado, tengo mala suerte, ¿cierto? Pero eso debería solucionarse todo el próximo año.

¿Cómo funciona esto si no lo hace pronto? ¿Puedo ponerle plazos y si ya lo hice dos veces, puedo acudir a la aseguradora con este certificado de garantía y recibir el dinero, o cómo?

PD: En general no asumo que quiera hacerme una mala jugada, pero a veces hay que ponerle presión para que finalmente pase algo.
 

HilfeHilfe

17.12.2019 13:30:22
  • #2
es ya algo positivo con la fianza. ¡Especialmente si él la ofrece activamente!

Dejaría que un experto se encargue si tienes la sensación de que no pasa nada. Por otro lado, hay que entender que el contratista general también pasa estos defectos a sus subcontratistas. Estos se trasladan de obra en obra. Nuestros defectos también fueron solucionados dentro de los 3 años.

Bauboom you know
 

Otus11

17.12.2019 14:01:43
  • #3

Solo, si se trata de una llamada "fianza a primer requerimiento" (que no es tan fácil de pactar eficazmente y, por ejemplo, es inválida en regulaciones de condiciones generales).

De lo contrario, necesitas para el dinero ya sea (i) un reconocimiento por parte del contratista o (ii) un título ejecutivo firme (= sentencia) contra el contratista. De lo contrario, el banco no paga - al fin y al cabo, luego quiere recuperar el dinero del propio contratista en la relación interna.

De hecho, la fianza protege así solo frente al impago del deudor (de garantía) en caso de insolvencia.

¿Por qué es un contrato VOB? (Asumiendo que eres un consumidor privado? Según la ley de construcción tiene 5 años de garantía, no 4 años, como parece aparecer en el papel aquí).
 

denz.

17.12.2019 15:42:09
  • #4
Bueno, de lo contrario no le habría pagado el resto, sino solo cuando hubiera corregido los defectos. Sí es privado, ¿es "según VOB" poco común? Creo que eso ya estaba en el contrato unilateral de obra en ese entonces que era según VOB. Sí, 4 o 5 años. Probablemente sea más por desconocimiento/error de su parte que por intención.
 

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