Subestructura atornillado fachada cortina permisibilidad

  • Erstellt am 07.06.2018 22:00:00

arner

07.06.2018 22:00:00
  • #1
Hola foro,

tengo una pregunta sobre la admisibilidad del atornillado de una subestructura para una fachada ventilada:

Situación: el sustrato es un muro de piedra rota de arenisca relativamente colocado de forma suelta. Sobre él, como subestructura, un entramado vertical con un espaciado de 60 cm hecho de madera KVH de abeto de 60x120 mm (los 60 mm hacia la pared). Sobre el entramado, hacia el exterior, una placa aislante de fibra de madera Steico de 60 mm clavada con grapas. Los huecos resultantes se rellenan con Steico-Zell (fibras de madera). Sobre esto debería ir otro entramado vertical y hacia el exterior un revestimiento horizontal de listones en forma de rombo. La fachada tiene 3 metros de altura y va sobre tres paredes, 7 m, 11 m, 4 m.

La realización de un aislamiento así está sujeta a requisitos constructivos y también de seguridad.

¿Qué requisitos legales existen para los tornillos y tacos con los que se fija el entramado vertical para la subestructura al muro de piedra rota? Escucho opiniones muy diferentes al respecto.

¿El taco necesita una aprobación para arenisca? ¿O debe ser todo el sistema de atornillado un sistema aprobado para esta situación y conforme a la normativa de construcción? ¿O se puede usar cualquier cosa, lo importante es que aguante?

Una explicación lógica la tuve de un empleado de Fischer, quien dijo que _debe_ usarse un sistema aprobado para esta situación compuesto por taco y tornillo, ya que sólo así se disponen de datos para el cálculo con los que se puede determinar y en su caso demostrar la durabilidad de la construcción.

Un carpintero dijo que se puede usar lo que se quiera y no hay que prestar atención a aprobaciones ni nada por el estilo.

¿cómo es esto? ¿Qué normativas legales aplican y qué requisitos hay que cumplir en la realización? ¿Se puede consultar esto en algún lado?

¡Gracias por sus respuestas!
 

hanse987

08.06.2018 09:34:46
  • #2
Desde mi punto de vista, Fischer no está tan equivocado con su afirmación. ¿De qué sirve, por ejemplo, un taco para hormigón en arenisca? La declaración del carpintero es algo así: "Siempre lo hemos hecho así y ha funcionado".

Pero si leo arriba que es una pared de piedra de mampostería, entonces no tendrá mucho que ver con la pared según la DIN de una prueba de tacos. También existe la posibilidad de realizar ensayos de extracción del fabricante de tacos en el lugar, y este recomienda un tipo de taco (carga máxima y/o distancia máxima entre tacos). Desde mi punto de vista, esta es la mejor solución para tipos de paredes desconocidos.
 

arner

24.06.2018 18:05:26
  • #3
Hola hanse987,


No, en realidad es aún peor, el carpintero lo hizo por primera vez.
[


Eso es justamente a lo que me refería. Con el ensayo de extracción se obtienen valores concretos sobre la durabilidad, con los cuales se puede determinar el número necesario de tacos y tornillos.

Pero, independientemente de si tiene sentido o no: ¿Qué DEBE hacerse, es decir, a qué normativas / leyes / directrices debe ajustarse la empresa ejecutora? ¿Realmente es obligatorio calcular esto o no?

Siempre se dice "según el estado de la técnica" o "aprobado por la autoridad de construcción" etc., pero ¿qué es lo que se aplica concretamente?

¿Dónde están las normativas que deben cumplirse concretamente? Eso debería estar, en principio, en el reglamento o código de construcción. ¿Qué parte de ello es aplicable aquí, o se puede hacer cualquier cosa, siempre que resista durante el periodo de garantía?

¿Alguien puede darme un enlace o algo donde pueda consultarlo, o – quiero decir, aquí están prohibidos los enlaces – algún consejo para buscarlo en Google?

¡Gracias![/QUOTE]
 

hanse987

24.06.2018 18:44:03
  • #4
Con una respuesta experta, lamentablemente no puedo servir, pero busca en Google: "cuándo necesito un taco aprobado" que en el segundo o tercer resultado hay una lista de Fischer sobre el uso en diferentes aplicaciones.

Ahora mi opinión de profano. ¿Puede alguien resultar herido si se cae la fachada cortina? Si solo leo listón de 60x120mm, lo respondería con SÍ. Entonces, desde mi punto de vista, debe usarse un taco adecuado para el caso de uso. Esto solo puede ser uno con aprobación o, si no hay aprobación para el sustrato, uno que se elija después de una prueba in situ.
 

arner

14.07.2018 12:27:20
  • #5


Sí, definitivamente. Un lado mide 11 x 3 metros. En el lado sur se supone que debe colocarse un balcón encima.

Lo que me parece raro es que nadie pueda decir si eso no se puede simplemente consultar en algún lado, de hecho tampoco mi RAW. Eso tiene que estar regulado de alguna manera por la ley.
 

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