Áreas de retranqueo según el Art. 6 BayBO

  • Erstellt am 15.09.2019 21:33:00

M4rvin

15.09.2019 21:33:00
  • #1
¡Hola!
Tengo una pequeña pregunta sobre las áreas de separación en una zona residencial rural.

Básicamente, se aplican al menos 3,0 m y 1H.

Entonces, ¿significa esto que cada una de las dos paredes exteriores puede tener 16 m de longitud o solo la suma de las dos paredes exteriores?
 

11ant

15.09.2019 21:45:57
  • #2
El privilegio de los dieciséis metros seguramente se refiere a edificios cuya longitud de lado (de un lado) es inferior a 16 m y, según entiendo, solo aplica si esto se cumple en cada lado (es decir, no solo en el lado del edificio que da al límite en cuestión). Entonces, es solo medio h o al menos 3 metros. La regulación proviene probablemente de épocas en las que se consideraba la casa como la cabeza de un edificio de establo y granero, mientras que para la actual casa unifamiliar este formato más manejable es más común.
 

Escroda

16.09.2019 20:21:14
  • #3

Si eso también se aplica "básicamente" en tu municipio, debe ser verificado. Los bávaros crearon con el párrafo 7 del Art. 6 BayBO una "cláusula experimental" basada en el código modelo de construcción, según la cual cada municipio puede emitir sus propias regulaciones. Si existe un plan de urbanización, este puede establecer disposiciones individuales que tengan la máxima prioridad.

No. Cuando todavía existía el privilegio de los lados estrechos en NRW, incluso se podía elegir un tramo continuo de 16 m en paredes más largas, para el cual solo se aplicaba la mitad de la altura de la pared.
 

M4rvin

16.09.2019 22:23:01
  • #4
Quise decir con fundamentalmente, a menos que se indique lo contrario en el [Bebauungsplan] o en el municipio.

¿Un tramo de 16m? ¿O dos tramos de 16m?
 

Escroda

17.09.2019 07:22:33
  • #5
En una casa independiente dos tramos de 16 m, pero no en la misma línea límite.
 
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