Jordinar
11.05.2018 19:07:54
- #1
Hola,
tenemos la intención de comprar un terreno que está junto con otros 3 terrenos en una calle privada. Los 4 terrenos edificables y la calle privada son cada uno una parcela independiente. 4 futuros propietarios (de los cuales 1 soy yo) adquieren cada uno 1 terreno edificable y la parcela de la calle privada en una cuarta parte.
Sobre la parcela de la calle privada está inscrita una carga constructiva:
"El propietario se compromete ante la autoridad inferior de supervisión de obras del distrito XXXX a tolerar en su terreno el acceso y la entrada, así como el tendido, permanencia y mantenimiento de las líneas de suministro y evacuación hacia los terrenos:."
Como anexo a la carga constructiva hay una representación gráfica de la situación.
En el registro de la propiedad solo está previsto que para la parcela de la calle privada quede excluido para siempre el derecho a exigir la disolución de la comunidad. No está previsto ni inscrito un derecho de paso ni similar.
¿Se puede prescindir de ello en esta configuración, dado que de todos modos cada uno posee una parte de la calle y por ello no sería necesario inscribir derechos de paso? Si soy propietario de una cuarta parte, ¿puedo circular por toda la calle?
La carga constructiva todavía existe.
tenemos la intención de comprar un terreno que está junto con otros 3 terrenos en una calle privada. Los 4 terrenos edificables y la calle privada son cada uno una parcela independiente. 4 futuros propietarios (de los cuales 1 soy yo) adquieren cada uno 1 terreno edificable y la parcela de la calle privada en una cuarta parte.
Sobre la parcela de la calle privada está inscrita una carga constructiva:
"El propietario se compromete ante la autoridad inferior de supervisión de obras del distrito XXXX a tolerar en su terreno el acceso y la entrada, así como el tendido, permanencia y mantenimiento de las líneas de suministro y evacuación hacia los terrenos:
Como anexo a la carga constructiva hay una representación gráfica de la situación.
En el registro de la propiedad solo está previsto que para la parcela de la calle privada quede excluido para siempre el derecho a exigir la disolución de la comunidad. No está previsto ni inscrito un derecho de paso ni similar.
¿Se puede prescindir de ello en esta configuración, dado que de todos modos cada uno posee una parte de la calle y por ello no sería necesario inscribir derechos de paso? Si soy propietario de una cuarta parte, ¿puedo circular por toda la calle?
La carga constructiva todavía existe.